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Viajes nacionales

Actualizado a febrero de 2022 

Estas son algunas de las principales medidas que aplican en cada comunidad autónoma:

Andalucía

Restauración: sin retricciones de aforo ni horario.

Ocio nocturno: sin restricciones de aforo ni horario.

Pasaporte COVID: se exige en los espacios interiores de hostelería y ocio nocturno -los menores de 12 años y los trabajadores están exentos-, así como en hospitales y residencias.

Aragón

Restauración: bares y restaurantes con aforo y horario fijado en la licencia. Se permite consumo en barra.

Ocio nocturno: pubs y discotecas con aforo y horario fijado en la licencia. Se permite el consumo en barra.

Pasaporte COVID: a partir del 4 de febrero solo obligatorio para visitas a hospitales y residencias.

Asturias

⚠️ AVISO: El Gobierno asturiano ha decidido aumentar el aforo en las instalaciones abiertas hasta el 85 % y al 75 % en recintos cerrados para ligas nacionales profesionales de primera y segunda división de fútbol.

Restauración: bares y restaurantes podrán abrir según su licencia.

Ocio nocturno: el interior de pubs y discotecas, abierto desde el 28 de enero, y se recupera el servicio en barra.

Pasaporte COVID: sin efecto desde el 28 de enero.

Baleares

Restauración: sin límites de aforo ni de horarios.

Ocio nocturno: sin límites de aforo ni de horarios.

 

Canarias

Niveles de islas: Tenerife y Gran Canaria están en nivel 4; y el resto de islas, Fuerteventura, La Palma, Lanzarote, La Gomera y El Hierro, en nivel 3.

Reuniones: limitadas a 12 personas en el nivel 1 y 2; a 8 personas en el nivel 3; y a 6 en el nivel 4.

Restauración: nivel 1 y 2, terrazas al 100 %, interiores al 75 %, mesas de 12 y cierre a las 4:00; nivel 3, terrazas al 75 %, interiores al 50 %, mesas de 8 y cierre a las 3:00; y en  nivel 4, terrazas al 75 %, interiores al 40 %, mesas de 6 y cierre a la 2:00.

Ocio nocturno: los aforos y horarios son iguales que los de la hostelería.

Pasaporte COVID: Canarias exige certificado de vacunación, prueba diagnóstica negativa o certificado de recuperación a los turistas que lleguen a las islas desde el resto del territorio nacional. El Gobierno canario quería haber mantenido un modelo voluntario de pasaporte COVID para permitir a los locales que lo exigieran operar con más aforo, pero no ha recibido el aval judicial.

Cantabria

Niveles: de los 102 municipios de Cantabria, 64 están en nivel 3 de alerta, mientras que los 38 restantes están en nivel 2. Entre los primeros se encuentran todas las localidades de más de 5.000 habitantes, como Santander, la capital, donde el ocio nocturno permanece cerrado.

Restauración: bares y restaurantes deben tener medidores de CO2. En nivel 3 pueden abrir con un aforo interior del 75 % con mesas de 6 personas y uno exterior del 100 % con mesas de 10, mientras que en nivel 2 y 1 el aforo interior es del 100 % con mesas de 10 personas tanto dentro como fuera.

Ocio nocturno: cerrado en las localidades en nivel 3. En los municipios en los que sí puede abrir son necesarios los medidores de CO2. En nivel 2 está limitado al 50 % el aforo interior con 10 personas por mesa y en nivel 1 está limitado al 75 % pero el número de clientes por mesas es también de una decena.

Castilla y León

Restauración: sin restricciones de aforo o límites horarios. Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla y respetar la distancia de seguridad.

Ocio nocturno: sin restricciones de aforo o límites horarios. Sigue siendo obligatorio el uso de la mascarilla y respetar la distancia de seguridad.

Cataluña

Restauración: bares y restaurantes pueden abrir hasta el horario que marca su licencia y sin restricciones de aforo. La mascarilla es obligatoria si no se está consumiendo y la separación de 1,5 metros entre comensales es obligatoria.

Ocio nocturno: pubs y discotecas vuelven a estar abiertos desde el 11 de febrero. La mascarilla es obligatoria si no se consume y se puede bailar con ella puesta.

 

Comunidad Valenciana

Restauración: sin limitaciones de aforo y horarios, aunque los comensales deberán seguir siendo como máximo 10 personas por mesa.

Ocio nocturno: sin limitaciones de aforo y horarios, pero con mesas de 10 en el interior.

Pasaporte COVID: obligatorio en hostelería, restauración, ocio nocturno; espacios abiertos o cerrados, cines, salas multifuncionales, circos y sedes festeras donde se coma o se beba; hospitales y residencias de servicios sociales; gimnasios y festivales de música donde no sea posible el uso permanente de la mascarilla. 

Extremadura

Reuniones: desde el 30 de septiembre no hay límite de personas aunque se recomienda no pasar de las 10 y usar mascarilla también en encuentros familiares.

Restauración: sin restricciones de aforo desde el 30 de septiembre aunque se recomienda no superar el 80 % en interiores ni las mesas de 10 personas.

Ocio nocturno: sin restricciones de aforo aunque se recomienda no superar el 80 % dentro de los locales.

Galicia

Restauración: la hostelería puede abrir de acuerdo con el límite temporal que marque su licencia y con servicio de consumición en barra. El pasaporte COVID será necesario en bares y cafeterías a cualquier hora. Las mesas están limitadas a ocho clientes en el interior y a 15 en las terrazas.

Ocio nocturno: el ocio nocturno puede funcionar hasta las 04:00 entre semana y hasta las 05:00 los fienes de semana. Las mesas son de ocho en el interior y 15 en la terraza.

Pasaporte COVID: hasta el 27 de febrero, obligatorio para acceder a restaurantes y a locales de ocio nocturno, así como en bares y cafeterías a partir de las 21:00 horas. También en albergues de peregrinos, hospitales, gimnasios, instalaciones deportivas cerradas, piscinas cubiertas, residencias de mayores y eventos multitudinarios, incluyendo los que tengan más de 200 personas de aforo en interior y que vendan alimentos o bebidas.

La Rioja

⚠️ AVISO: el Gobierno riojano obtiene el aval judicial para extender la vigencia del pasaporte COVID más allá del 14 de febrero en hospitales y residencias. El TSJR ha respaldado su uso hasta el 28 de febrero.

Restauración: horario de cierre según licencia.

Ocio nocturno:  horario de cierre según licencia.

Pasaporte COVID: hasta el 14 de febrero es necesario para acceder al ocio nocturno y salas de fiesta; a los restaurantes; a hospitales y centros de servicios sociales; y a eventos al aire libre para más de mil personas cuando se consuma comida o bebida. También en gimnasios, hoteles y albergues. A partir del 15 de febrero solo se pedirá en hospitales y residencias.

Madrid

Restauración: apertura según horario de la licencia y sin limitaciones de aforo. Se recupera el consumo en barra pero solo sentado. En las terrazas no se puede fumar si no hay al menos dos metros de distancia con otras personas.

Ocio nocturno: apertura según horario de licencia y sin limitaciones de aforo. Se permite el consumo de pie en mesas altas y en barra, sentado. El baile se permite en interiores -sin consumir alcohol- y en exteriores con mascarilla. Se puede asistir a conciertos y espectáculos de pie sin aforo limitado pero con prohibición de comer y beber salvo en los sitios habilitados.

Murcia

⚠️ AVISO: Murcia abrirá las pistas de baile del ocio nocturno la semana del 14 de febrero si la situación epidemiológica lo permite.

Restauración: interior de bares y restaurantes al 75 % y terrazas al 100 % con mesas de 10 personas y de 12, respectivamente. Si el dueño del local pide el pasaporte COVID el aforo interior puede ampliarse al 100 %.

Ocio nocturno: pubs y discotecas con las mismas limitaciones que la hostelería y la restauración.

Pasaporte COVID: voluntario en ocio nocturno y restauración para ampliar el aforo hasta el 100 %.

Navarra

⚠️ AVISO: el martes 15 de febrero Navarra dejará sin efecto las restricciones de horarios y el pasaporte COVID.

Restauración: Cierre de la hostelería a partir de las 01:00 horas, con no más de diez personas por mesa. Sigue prohibido fumar en terrazas si no se puede garantizar una distancia interpersonal de 2 metros.

Ocio nocturno: Cierre de los locales a partir de las 01:00 horas, con no más de diez personas por mesa.

Pasaporte COVID: restaurantes y locales de ocio nocturno, salas de conciertos, eventos multitudinarios en interiores -excepto los deportivos- alojamientos turísticos, gimnasios y bingos y salas de juego.

País Vasco

⚠️ AVISO: El Gobierno vasco levantará el 14 de febrero la emergencia sanitaria y pondrá fin a todas las restricciones vigentes.

Restauración: bares y restaurantes deben cerrar a la 1:00 de la madrugada como máximo y limitar su aforo interior al 60 %. Se prohíbe el consumo de pie y las mesas serán de 10 comensales. Se exige pasaporte COVID para entrar.

Ocio nocturno: pubs y discotecas solo pueden estar abiertos hasta la 1:00 de la madrugada con un aforo interior del 60 %. No se puede consumir de pie y las mesas puede ser de 10 personas como máximo. Se exige pasaporte COVID para entrar.

Pasaporte COVID: desde el viernes 4 de febrero no se exige para ninguna actividad.

Ceuta

Restauración: sin límites de aforo y con el horario que marque la licencia. Las mesas y sillas deberán estar separadas 1,5 metros, la barra se puede usar con distancia interpersonal y está prohibido fumar en terrazas si no hay al menos 2 metros de distancia.

Ocio nocturno: sin límite de aforo y con el horario que marque la licencia. Se permiten las pistas de baile siempre que se mantenga la distancia interpersonal y no se consuma.

Pasaporte COVID: el TSJ de Andalucía avala el pasaporte COVID para hospitales, residencias, ocio nocturno y restauración en locales de más de 50 clientes.

Melilla

⚠️ AVISO: El Gobierno de Melilla amplía los aforos en el interior de los locales de restauración al 75 %, donde también se permitirá el consumo en barra. Se seguirá exigiendo el pasaporte COVID en espacios de restauración, a la entrada de hospitales y residencias de mayores. Estas medidas entrarán en vigor cuando la justicia las autorice y permanecerían dos semanas.

Restauración: aforo interior del 75 % y exterior del 100 % con apertura hasta la hora que fije la licencia. Desde el 6 de noviembre se ha recuperado la barra. Prohibición de fumar en terraza.

Ocio noctuno: con aforos como los de la restauración y cierre según licencia. Desde el sábado 6 de noviembre se permite la barra y la pista de baile.

Pasaporte COVID: el Tribunal Superior de Justicia ha autorizado esta medida para el interior de la hostelería, dentro y fuera de los locales de ocio nocturno y de aquellos en los que se realicen actividades como baile, música sin o con disc-jockey o karaoke. También será necesario para visitas y acompañamiento de pacientes en establecimientos, centros hospitalarios y residencias, así como en las visitas a centros penitenciarios. 

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